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SEGURO DE BAJA

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SEGURO DE BAJA

Mensaje  SEGURO el Vie Abr 17, 2009 12:33 pm

PLAN DE SALUD


Pensando en las necesidades actuales de las personas como usted; del trabajador autónomo o profesional independiente, hemos creado esta póliza que asegura el cobro de una cantidad por causa de accidente o enfermedad, SIN NECESIDAD DE ESTAR DE BAJA EN LA SEGURIDAD SOCIAL, según un número de días predeterminados en el Baremo; de forma que se puede percibir dicha indemnización sin cesar en el ejercicio de su actividad.

BAJA BAREMO

Nuestro asegurado recibirá las indemnizaciones a las que tiene derecho sin necesidad de tener que esperar a la curación total de sus lesiones, únicamente basta con presentar un informe medico completo.
Con esta información el baremo existente en las condiciones generales de la póliza regula el carácter de la lesión y asimismo establece la correspondiente indemnización.

CIRUGÍA + TARJETA SANITARIA

Asegura una cantidad de dinero en caso de que sea necesaria una intervención quirúrgica(incluso incluyendo técnicas endoscópicas sin incisión, vasectomia,parto normal y con cesárea,extracción dental…).Además, el baremo (realizado por la seguridad social) se irá incrementando con la incorporación de nuevas técnicas modernas que vayan surgiendo (como la operación de miopia con la técnica Lasik).

HOSPITALIZACION

Con esta cobertura se percibe una cantidad por cada día de estancia en un centro hospitalario(ñunico que cubre hasta 2 años) . En caso de estar internado en la UCI. y en los casos de Cardiología y Oncología, la cantidad diaria se doblará. Además, se abonará una cantidad por convalecencia domiciliaria en los casos en los que se haya producido una hospitalización que equivale al mismo tiempo de la hospitalización.

DESPLAZAMIENTOS

Cuando se justifique con facturas, se abonarán los gastos de taxis, trenes, aviones, etc. Siempre hasta el límite contratado en la póliza.

IMPORTANTE:
*INDEMNIZAMOS EN METALICO.
*NO OFRECEMOS SERVICIOS MEDICOS.
*ES EL PROPIO ASEGURADO EL QUE DECIDE DONDE
QUIERE SER TRATADO Y A QUE FIN DESTINA SU DINERO.


CARENCIAS

Para los accidentes no existe periodo de carencia.
En los casos de enfermedades comunes, una vez transcurridos seis meses, salvo en los casos de urgencia vital que están cubiertos desde el primer día.
Para obstetricia una vez transcurrido como mínimo 8 meses.
Para las intervenciones voluntarias no urgentes 24 meses (esclerosis terapéuticas, extracciones dentales, esterilización ambos sexos…).


Los capitales de Baja diaria, Cirugía, Hospitalización y Desplazamientos se pueden contratar hasta un máximo de: 55€/día, 12000€, 180€/día y 3000€ respectivamente.

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